02/10/2025

Qué es y qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos en España

Una de las dudas más frecuentes entre los clientes bancarios es qué ocurriría con su dinero si una entidad financiera tuviera problemas para devolverlo. Para dar respuesta a esta preocupación existe un mecanismo de protección específico: el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).

En este artículo explicamos de manera clara qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos, qué productos están incluidos, cuáles quedan fuera y cómo funciona este sistema en la práctica.

¿Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos?

El Fondo de Garantía de Depósitos es un mecanismo creado para proteger a los clientes de bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito en caso de que estas entidades no puedan devolver los fondos depositados.

Su principal función es garantizar que los titulares recuperen hasta un determinado importe de sus ahorros si la entidad entra en situación de insolvencia. De esta forma, se refuerza la confianza en el sistema bancario y se ofrece un nivel de protección adicional a los depositantes.

En España, este fondo se encuentra regulado por la normativa nacional y armonizado con las directivas europeas que establecen estándares comunes para todos los países de la Unión Europea.

Qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos

La cobertura del FGD se centra en productos bancarios concretos. Entre ellos:

  • Cuentas corrientes: saldos depositados que el cliente puede utilizar para su operativa diaria.
  • Cuentas de ahorro: fondos mantenidos en este tipo de cuentas que generan intereses.
  • Depósitos a plazo: cantidades entregadas a la entidad por un tiempo determinado a cambio de una remuneración.

El límite de cobertura es de hasta 100.000 euros por titular y entidad. Esto significa que, en caso de tener varias cuentas en el mismo banco, el total cubierto no podrá superar esa cantidad. Si un cliente mantiene cuentas en distintas entidades, el límite se aplica de forma independiente en cada una de ellas.

Además, esta protección se extiende tanto a personas físicas como a personas jurídicas, por lo que empresas y asociaciones también pueden beneficiarse de la garantía.

Qué no cubre el Fondo de Garantía de Depósitos

Es importante tener claro qué productos no están incluidos en el FGD, para evitar confusiones sobre el alcance de la protección. Entre los que quedan fuera se encuentran:

  • Acciones y participaciones en sociedades.
  • Bonos y obligaciones emitidos por empresas o entidades públicas.
  • Fondos de inversión de cualquier tipo.
  • Planes de pensiones y seguros de ahorro.

Estos productos no forman parte de la cobertura del fondo porque dependen de la evolución de los mercados financieros o de otros mecanismos de protección específicos.

Cómo funciona en la práctica

El funcionamiento del Fondo de Garantía de Depósitos sigue un procedimiento concreto cuando una entidad no puede devolver los fondos a sus clientes.

  1. Declaración de insolvencia: la autoridad competente determina que el banco no puede hacer frente a sus obligaciones.
  2. Activación del FGD: el fondo entra en funcionamiento y se encarga de devolver a los clientes las cantidades cubiertas, dentro del límite de 100.000 euros por titular y entidad.
  3. Plazo de reembolso: en la Unión Europea se establecen plazos reducidos para realizar los pagos, que en los últimos años se han acortado con el objetivo de proteger de forma más ágil a los depositantes.

En la práctica, esto significa que, si una entidad financiera tuviera dificultades graves, los clientes recibirían la cantidad garantizada sin necesidad de presentar reclamaciones complejas.

Ejemplos prácticos

  • Caso 1: una persona tiene 80.000 euros repartidos entre una cuenta corriente y una de ahorro en el mismo banco. En caso de insolvencia de la entidad, el FGD cubriría la totalidad de esa cantidad.
  • Caso 2: un cliente tiene 150.000 euros en depósitos en la misma entidad. En ese supuesto, el fondo solo cubriría hasta 100.000 euros, quedando el resto fuera de la protección.
  • Caso 3: un matrimonio con una cuenta conjunta de 200.000 euros. La cobertura sería de 100.000 euros para cada titular, es decir, 200.000 euros en total.

Estos ejemplos ayudan a visualizar cómo se aplican los límites en situaciones reales.

Conclusión

El Fondo de Garantía de Depósitos constituye una herramienta esencial para proteger a los depositantes en caso de dificultades de una entidad financiera. Su cobertura incluye cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos a plazo, con un límite máximo de 100.000 euros por titular y entidad. Esta cobertura cubre todas las entidades que operen en España. Además, el resto de los países como Francia, Alemania, Italia… cubren a su vez 100.000€, pero están sujetos al fondo de cada país. Para más información puedes consultar la web de cada uno.

Sin embargo, no todos los productos están incluidos: acciones, bonos, fondos de inversión o planes de pensiones quedan fuera del alcance del fondo.

Conocer qué cubre el Fondo de Garantía de Depósitos permite tomar decisiones mejor informadas y entender hasta dónde llega la protección disponible. Antes de contratar cualquier producto bancario, resulta recomendable verificar si cuenta con esta cobertura y revisar siempre las condiciones asociadas.

Esté siempre al día con nuestros expertos

En este espacio de encuentro, grandes expertos en economía nos ayudan a construir un punto de vista sólido, basado en información real y rigurosa. Vea sus programas o escuche el podcast.

×