En Deutsche Bank nos unimos a las medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social causado por la DANA.
Si Ud. se ha visto afectado por el fenómeno meteorológico DANA y no puede hacer frente al pago de las obligaciones derivadas de la financiación concedida por esta entidad en los términos establecidos en el Real Decreto-ley 6/2024 de 5 de noviembre, puede solicitar la moratoria de deuda.
A continuación, se describen los requisitos establecidos en dicha norma para al reconocimiento de dicha moratoria, así como los pasos a seguir para su solicitud. En Deutsche Bank estudiaremos detenidamente las solicitudes que se nos presenten y daremos una respuesta acorde a las actuales circunstancias.
Préstamos / créditos con garantía hipotecaria
Podrán ser beneficiarios de la suspensión de las obligaciones de pago de intereses y principal de préstamos y créditos concedidos con anterioridad a la publicación del Real Decreto-Ley cuya garantía hipotecaria se haya constituido sobre inmuebles situados en alguna de las localidades incluidas en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024 de 5 de noviembre:
Préstamos / créditos sin garantía hipotecaria
Asimismo, podrán ser beneficiarios de la suspensión de las obligaciones de pago de intereses y principal de préstamos y créditos sin garantía hipotecaria concedidos con anterioridad a la publicación del Real Decreto-ley:
Los contratos de arrendamiento financiero y de financiación de circulante se entenderán incluidos dentro del ámbito de aplicación objetivo de la suspensión temporal.
Los fiadores y avalistas del deudor principal e hipotecantes no deudores podrán solicitar que el acreedor agote el patrimonio del deudor principal antes de reclamarles la deuda garantizada, durante el periodo de vigencia de la moratoria, aun cuando en el contrato hubieran renunciado expresamente al beneficio de excusión.
Préstamos / créditos con garantía hipotecaria
Préstamos / créditos sin garantía hipotecaria
Durante los 3 primeros meses no se devengarán ningún tipo de intereses, ni ordinarios, ni de demora.
Ud. podrá solicitar la aplicación de las medidas al amparo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, en el plazo de tres (3) meses desde su entrada en vigor, esto es hasta el 7 febrero de 2025.
Para ello dispone del siguiente formulario que puede descargar en el siguiente link:
Una vez realizada la solicitud de moratoria, el Banco procederá, en el plazo de quince días contados desde la presentación de la solicitud junto con la documentación necesaria, a la aplicación de la moratoria en su contrato de financiación.
En caso de solicitar la moratoria para más de un contrato de financiación, podrá realizarlo en un único formulario, detallando cada tipología.
Para el supuesto de préstamos o créditos garantizados con hipoteca o mediante otro derecho inscribible distinto la entidad acreedora podrá unilateralmente elevar a escritura pública el reconocimiento de la suspensión, a los efectos de que pueda procederse a la inscripción de la ampliación del plazo inicial en el Registro correspondiente. En cualquier caso, no conllevará coste alguno para Ud.